Abr 20

La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó la constitucionalidad del artículo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó la constitucionalidad del artículo 133 Bis del Código Federal de Procedimientos Penales, que permite a la Procuraduría General de República solicitar el arraigo de las personas que pueden estar involucradas en delitos graves del orden federal. Luego de tres sesiones de discusión de los ministros de la SCJN, fue finalmente avalado con una mayoría de 6 votos. Dicha norma contempla aplicar el arraigo en casos de delitos graves hasta por un plazo de 40 días. Aunque dicha resolución entrará en vigor junto con el nuevo sistema procesal acusatorio en junio del próximo año.

En cuanto a la reforma del arraigo, podemos comentar que es una figura valida en convenciones internacionales de combate contra la delincuencia organizada y la corrupción. Al contrario de lo que muchos suponen, el arraigo no es una iniciativa local sino una iniciativa internacional. Y aunque es cierto que el arraigo restringe ciertas libertades y derechos, le permite a la Procuraduría profundizar las investigaciones y recabar información para consolidar los casos en vs. de los presuntos delincuentes

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