Mar 26

El sistema de notificaciones del IMPI

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Actualmente las nuevas tecnologías son un gran apoyo para realizar diversas actividades a distancia, por lo que algunos organismos del Gobierno han implementado plataformas y herramientas para facilitar a sus usuarios los trámites de su interés, a continucación explicaremos un poco el nuevo esquema de notificaciones para trámites realizados en el Instituto Mexicano de la Propiedad Indusrtrial (IMPI), en específico, las notificaciones de trámites de marcas.

Derivado de la Reforma a la Ley de la Propiedad Industrial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2018, se instituyeron cambios en la realización de las notificaciones a los usuarios que solicitaran servicios prestados por el IMPI; conforme a lo dispuesto por el artículo 183 de la Ley de la Propiedad Industrial, el IMPI realizará la notificación de todas las resoluciones, requerimientos y demás actos que emita relacionados con los trámites presentados.

Cabe destacar que ésta forma de notificación actualmente se aplica para todos los trámites presentados en las ventanillas del IMPI; como un apoyo a los usuarios el IMPI implementó un sistema de Avisos de las publicaciones que se realicen en la Gaceta y estén relacionadas con los trámites solicitados, sin embargo el aviso no es una forma de notificación, pues la misma surte efecto cuando la Gaceta es publicada y puesta en circulación.

Por otro lado, mediante el Portal de Pagos y Servicios del IMPI (PASE) en el Sistema de Marca en línea las notificaciones se realizan conforme al Acuerdo por el que se establecen lineamientos en materia de servicios electrónicos del IMPI, en los trámites que se indican.

Es decir, que al presentar un trámite en Línea se está de acuerdo y se aceptan las disposiciones dentro del mismo; para las notificaciones el artículo 3° dispone que el usuario acepta consultar el tablero electrónico, al menos, los días quince y último de cada mes y que, en caso de no hacerlo, se tendrá por hecha la notificación el día hábil siguiente.

Por lo que el usuario debe revisar constantemente su tablero electrónico para ser notificado de los actos emitidos por el IMPI respecto a su trámite, pues de lo contrario la notificación surtirá efectos al día hábil siguiente de los días 15 y último de cada mes.

En conclusión, contamos con herramientas tecnológicas que son de gran ayuda para modernizar la forma en la que solicitamos un trámite, en este caso al IMPI, lo cual nos permite hacerlo de manera remota y con ello tener la posibilidad de reducir tiempos de traslado e incluso costos, lo cual resulta benéfico sobre todo para quienes se encuentran a distancias lejanas de las oficinas del IMPI en la Ciudad de México o de sus oficinas regionales en Guadalajara, Monterrey, Mérida, León y Puebla.

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