Oct 19

Acciones de coordinación intersecretarial para la importación definitiva de vehículos usados.

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El uso y estancia en territorio nacional de vehículos usados de forma ilegal, especialmente en la frontera norte, es una actividad que se ha convertido en casi una costumbre debido al bajo costo que representa poder adquirir este tipo de vehículos provenientes de Estados Unidos.

Sin embargo, esta situación también ha permeado en la comisión de muy diversos tipos de delitos utilizando estos vehículos, justamente por su bajo costo, la falta de regulación en territorio nacional y por la facilidad que puede representar el disponer de ellos.

Por esta razón es que ha surgido la necesidad de implementar facilidades administrativas para que las personas que utilizan este tipo de vehículos de buena fe en territorio nacional tengan acceso a herramientas por medio de las cuales se pueda realizar la importación definitiva o temporal de estos vehículos con tasas de impuestos preferenciales y sin cumplir con ciertas restricciones no arancelarias.

Una de las problemáticas respecto de la importación de vehículos usados proviene desde el extinto Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) donde México contaba con un esquema restrictivo respecto a la importación de vehículos nuevos y usados; dicho esquema restrictivo tenía la característica de ser gradual, por lo que, con el paso del tiempo, las restricciones a la importación de vehículos nuevos y usados debían disminuir.

Derivado de lo anterior, fue necesario reglamentar la importación de vehículos usados a través de decretos y acuerdos expedidos por el Titular del Poder Ejecutivo; esta práctica inicio en 2005 con la expedición del decreto por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos automotores usados del 22 de agosto.

Ahora bien, el acuerdo que se publica el 18 de octubre de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, más que ser un decreto que modifica o prorroga la importación de vehículos usados, es un acuerdo con el cual se busca dar mayor seguridad jurídica a quienes utilizan este tipo de vehículos en territorio nacional, así como a la población en general, ya que se ordenan a diferentes Secretarías de Estado el coordinar esfuerzos para la implementación de un registro de vehículos que se encuentren importados de forma temporal.

Básicamente se trata de un acuerdo para establecer acciones de coordinación intersecretarial para otorgar facilidades administrativas (a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria), implementación de y ejecución de un registro temporal de vehículos importados temporalmente (a cargo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana) y la elaboración de un nuevo decreto (a cargo de la Secretaría de Economía).

Algunos puntos finos para considerar del acuerdo:

1. Los beneficios a los que hace referencia únicamente aplicarán a aquellos vehículos que se encuentren en territorio nacional a su entrada en vigor (19 de octubre de 2021), por lo que vehículos que hayan ingresado ilegalmente con fecha posterior no podrán acceder a estos beneficios.

2. Únicamente comprende a los vehículos que se encuentran en los Estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, que sean propiedad de personas físicas.

3. Como se menciona, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana coordinará con los Gobiernos Estatales acciones para implementar medidas tendientes a identificar y registrar la circulación de vehículos automotores usados que no cumplan con su legal importación definitiva al país para promover su regularización.

Ciertamente quedan muchas dudas por resolver respecto a la operación de estas facilidades administrativas, especialmente respecto como es que la autoridad determinará qué vehículos se encontraban en territorio nacional antes de la entrada en vigor del acuerdo o cuáles son los alcances respecto de los vehículos “chocolate”.

 

Consulta la lista de acuerdos y decretos en las siguientes ligas:

22 de agosto de 2005: https://bit.ly/2Z3uitO

26 de abril de 2006: https://bit.ly/3aRT5DX

24 de diciembre de 2008: https://bit.ly/2Z4W8G1

1º de julio de 2011: https://bit.ly/3lXpRdm

24 de diciembre de 2020: https://bit.ly/3aOJVrX

18 de octubre de 2021: https://bit.ly/3DZKcF1

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